Cuando debo hacer
un estudio de carga combustible
Según la Ordenanza
General de Urbanismo y Construcciones O.G.U.C, todo edificio según su destino
deberá cumplir con las normas mínimas de seguridad contra incendios.
Ahora bien, es
preciso aclarar que todo edificio tendrá 2 sistemas de protección contra
incendios:
Sistema de
Protección Activo: Extintores, redes de incendio, sistemas de detección de
incendios, sistemas de extinción automáticos, etc.
Sistema de
Protección Pasivo: Resistencia al fuego que tienen los elementos constructivos
del edificio sin perder sus propiedades o finalidad para la que fueron
construidos.
De manera que;
cuando llega el momento de regularizar una propiedad o proyectar un edificio,
se deberá considerar el contenido que tendrá este último y en base a ello
calcular la densidad de carga combustible. Para determinar la Resistencia al
Fuego (RF) que deben tener cada uno de los elementos constructivos del edificio
se utilizarán tablas de la O.G.U.C que indicarán entre otras cosas la categoría
del edificio, las RF por cada elemento constructivo, etc.
Así también, es
importante precisar que la O.G.U.C establece que aquellos edificios que no
cuenten con un Estudio de Carga Combustible, tendrán la obligación de ser
construidos en su totalidad con la máxima resistencia al fuego. Por ejemplo, si
un edificio tendrá solamente acopio de metales (materiales no combustibles) y
no elabora un estudio de carga combustible, dicho edificio debe construirse con
la mayor RF existente, sin perjuicio que la probabilidad de incendio sea
mínima.
Para qué sirve el
Estudio de Carga Combustible
El Estudio de
Carga Combustible sirve principalmente para determinar qué nivel de resistencia
al fuego (RF) deben tener los materiales constructivos de una edificación.
Por ejemplo: Si en
una bodega de 2 pisos el cálculo arrojó un resultado de 15.000 MJ/M2,
la O.G.U.C la categorizaría como un edificio de tipo “B”. De manera que conforme
a la tabla ilustrada a continuación los muros corta fuego deberán tener una RF
150, las zonas verticales de seguridad una RF 120 y así sucesivamente.
Que profesional
puede hacer un Estudio de Carga Combustible
Si bien es cierto
la O.G.U.C no establece fehacientemente que tipo de profesional es el que está
facultado para elaborar un estudio de cargas combustibles, la SEREMI de Salud
RM establece en sus instructivos y formularios que dicho estudio debe ser
elaborado por un profesional idóneo para la labor.
Bien, en SyS en
movimiento contamos con profesionales de asesoría en prevención de riesgos con
10 años de experiencia en la elaboración de estudios de carga combustible,
planes de emergencia, capacitaciones de manejo de extintores portátiles, etc.
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